La presente ley como objetivo modificar el ejercicio del control disciplinario, regulado por la ley 734 de 2002, en desarrollo del numeral 6 del artículo 277 de la Constitución Política. La principal modificación que propone y desarrolla este proyecto es la relacionada con la autoridad competente para imponer cierta clase de sanciones, como lo son la destitución y la inhabilidad en el ejercicio de funciones públicas. El proyecto de ley plantea que sea las autoridades judiciales penales, y no la Procuraduría General de la Nación, sean las encargadas de imponer esta clase de sanciones.
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