Foto: Archivo El Espectador
El pasado 7 de Julio del presente año el presidente Juan Manuel Santos sancionó la Ley 1788 la cual reconoce el pago de la prima de servicios a los trabajadores y trabajadoras domésticas.
La norma incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general a los trabajadores que cumplan con las condiciones de empleado dependiente.
Todos estos obtendrán obligatoriamente por parte del empleador, la prestación social denominada “prima de servicios” y corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros 20 días de diciembre.
La iniciativa de los senadores Claudia López, Antonio Navarro, Iván Name y Jorge Iván Ospina, entre otros. Y de las representantes a las Cámara Angélica Lozano y Ángela María Robledo, logrará beneficiar a más de 750.000 empleados que no cuentan con un contrato escrito, además que obligará al Ministerio de Trabajo a crear una mesa de seguimiento que asesorará a empresas y a empleadores para que las primas sean pagadas correctamente a sus empleados.
“Nuestro proyecto que concede prima de servicios a trabajadores y empleadas domésticas, siempre tuvo un amplio respaldo en el Senado por elemental justicia” mencionó la senadora Claudia López.
Sin duda alguna este proyecto es un merecido reconocimiento a los derechos que tienen hombres y mujeres como trabajadores domésticos y afortunadamente ya a partir de diciembre de 2016, el pago de la prima de servicios para trabajadores dependientes y empleadas domésticas será un hecho real.